INICIATIVA con proyecto de decreto por la que se expide la LEY de CIBERSEGURIDAD para ciudad de México
Chirstian Damián Von Roehrich de la Isla

Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, propuesta presentada el 27 de octubre de 2020
Título 1. Disposiciones Generales, Art 1 - 7
Título 2. Obligaciones estructurales en materia de Ciberseguridad, Art 8 – 28
Título 3. De las Autoridades, Art 29 – 42
Capítulo I De la Oficina de Ciberseguridad
Capítulo II Del Equipo de Inteligencia y Respuesta a Incidentes de Ciberseguridad
Capítulo III De las Unidades de Ciberseguridad
Capítulo IV De la Autoridad Investigadora
Capítulo V De la Fiscalía Especializada en Delincuencia Cibernética
Título 4. De la Políticas en materia de Ciberseguridad, Art 43 – 44
Capítulo I De la Política General de Ciberseguridad
Capítulo II De las Políticas Sectoriales de Ciberseguridad
Título 5. Del Índice, informes y ejercicios, para la mejora continua, Art 45-48
Capítulo I. Del índice
Capítulo II De los informes anuales en materia de Ciberseguridad
Capítulo III De los Ejercicios en materia de Ciberseguridad
Título 6. De los Proveedores tecnológicos externos, Art 49-55
Título 7. De la Obligación de cooperación, Art 56
Título 8. De la Información en materia de Ciberseguridad Art 57-58
Título 9. De la Asistencia y Cooperación nacional e internacional Art 59-60
Título 10. De las Responsabilidades en Materia De Ciberseguridad omisión o incumplimiento), Art 59-60
Título 11. De Los Delitos en Contra de la Ciberseguridad Art 62-71
Con sanciones que van de seis meses a dos años de prisión y de 100 a 500 veces la UMA



