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DEEPFAKE “el gemelo digital”; INNOVACIONES SIN LEY.

Notas como las siguientes navegan en el internet: “Bruce Willis es el primer actor en vender su imagen a la IA para que hagan películas”; y “Bruce Willis desmiente que vaya a tener un gemelo digital”.


Sin cuestionar la noticia sobre sí se realiza o no el acuerdo; sobresale el tema del Derecho sobre la Imagen Digital.


Para dar un poco de contexto tomaremos la palabra “gemelo digital” y trataremos de definirlo como un modelo virtual que refleja con la mayor precisión posible los rasgos físicos de otra entidad y que, además, emula su funcionamiento, empleando como técnica de desarrollo el DEEPFAKE para crear videos, imagen o audios FALSOS.


El DeepFake, es el regalo de la “imaginación” otorgado a las máquinas; por su desarrollador Ian Goodfellow; basado en la tecnología Deep Learning (aprendizaje profundo), junto con las redes neuronales e IA; creando una nueva estructura lógica con dos redes regenerativas antagónicas conocidas como: GAN, para generar contenido auténtico y realista, por medio de un proceso de entrenamiento con roles de generación y discriminación, hasta lograr un equilibrio que impida diferenciar un estado falso del real



¿Puede haber innovación tecnológica sin controversia legal?


La CPEUM en el artículo 4°-VIII ampara el derecho constitucional a la Identidad, que se entiende como la relación que tiene todo individuo consigo mismo, a partir de los rasgos que lo hacen diferente a los demás; por lo tanto, hablar de una Usurpación de identidad por Deepfake crea controversia.


Cabe hacer mención, que la Usurpación de identidad es un delito que aún no se encuentra tipificado en México; entre las iniciativas con proyecto de decreto puestos a consideración ante la H. Cámara de Senadores, se adiciona el artículo 430 al Código penal, que cita:

  • “Se impondrá pena de 1-6 años de prisión y de 400-600 días multa al que por algún medio informático usurpe, asuma, transfiera, utilice, se apodere, suplante o se apropie de la identidad de otra persona sin autorización para el uso ilícito de sus datos personales generando un daño en su patrimonio con el fin de obtener un lucro para sí o para otro. Aumentando la pena en una mitad, para los servidores públicos”. https://bit.ly/3rqjyRm


Y ante la Cámara de Diputados la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el Cap. III Quáter, “Robo de identidad”, y el art. 390 Ter al Código Penal Federal, que cita:

  • "Comete el delito el que por cualquier medio obtenga datos personales o financieros con el objetivo de suplantar la identidad de un tercero, con la finalidad de obtener algún beneficio para sí o para otra persona en perjuicio del patrimonio de la persona suplantada, o para la comisión de cualquier otro delito. Se impondrá pena de 6-10 años de prisión y hasta 200 días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten. correspondientes". https://bit.ly/3rr7hw4


Como se observa; las dos propuestas hacen referencia a la usurpación de identidad, sin embargo, no contemplan la usurpación de imagen.


Entonces, en respuesta a las innovaciones tecnológicas en IA y RV, se requiere cubrir las lagunas legales del marco jurídico nacional y garantizar el DERECHO DE IMAGEN de los individuos.


Y ante la globalización tecnológica, crear colaboraciones y replantear los ordenamientos jurídicos de cada país en el contexto nacional e internacional.


DETECCIÓN


Aunque la tecnología emplee técnicas de IA, los algoritmos aún no cubren todas las características de la naturaleza humana, mismas que nos permiten detectar los falso de lo verdadero, por ejemplo: la frecuencia del párpadeo, el ajuste del rostro con el cuerpo, videos cortos, discrepancia del sonido con la imagen y distorsión de los rasgos internos de la boca.


PROTECCIÓN.


Combatir los programas Deep fakes con programas inteligentes espías digitales, en los vídeos para ocultar los patrones de píxeles que utiliza el software de detección facial y aplicar herramientas de reconocimiento facial 2D y 3D para brindar mayor confiabilidad.


AREAS DE APLICACIÓN.


En la industria cinematográfica, musical, arte y cultura.

En ciencias de salud, con tecnología regenerativa.

En el sector educativo y otros.


Otros casos de aplicación D: James Earl Jones (voz de Darth Vader), Arnold Schwarzenegger, Jim Carrey y Donald Trump.


Carolina Ortega

Impulsora de la simbiosis entre el Derecho y las TIC´s

03/Octubre/2022







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